Al permanecer activos en el régimen obligatorio del IMSS tienen derecho a:
Riesgo de Trabajo Enfermedad y Maternidad Invalidez y vida RCV Guardería y Prestaciones Sociales.
Después de causar baja del régimen obligatorio del IMSS tienen derecho a:
Pensiones, en el seguro de invalidez y vida. ¿Cuánto? La cuarta parte de las semanas cotizadas. Contando a partir de su baja.
El tiempo de conservación de derechos no será menor de 12 meses.
Menor a 3 años: Al momento de la reinscripción. De 3 a 6 años: Después de 26 semanas de nuevas cotizaciones. Más de 6 años: Después de 52 semanas en su nuevo aseguramiento.
Al dejar de estar sujeto al Régimen Obligatorio, se reconocerán todas sus cotizaciones anteriores según el tiempo que tardó en reintegrarse:
Invalidez y vida RCV
Puede continuar voluntariamente en los seguros de:
Requisitos:
Mínimo: 52 semanas cotizadas acreditadas. Estar en los últimos 5 años. Solicitud por escrito (5 años de plazo).